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El Principio de Especialidad de la Ley (lex specialis derogat legi generali)
En materia Legal existen miles de Normas Jurídicas, Leyes, Reglamentos, Códigos entre otros. cuya finalidad, es proteger los valores, los, bienes, la vida, el orden y la paz social. Ahora bien, puede darse el caso particular de que 2 o más normas jurídicas regulen un mismo comportamiento, osea, que sancionen el mismo actuar antijurídico. Este tipo de situaciones son los orígenes del Principio de Especialidad de la Ley, también nombrado “Ley especial suprime a la general” o en latin (lex specialis derogat legi generali).
El principio de especialidad, tutela el derecho fundamental de exacta aplicación de la pena previsto en el artículo 14, párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en tanto que las que se ocupan de cada una de esas circunstancias pueden ser normas generales que estén también frente a otras normas que legislen de forma más específica dicha situación. En estos casos según el anterior precepto legal, se deberá de aplicar la ley exactamente aplicable al delito de que se trata.
El principio de especialidad en el Código Penal Federal
Ahora bien, en relación al tema que nos ocupa, el artículo 6 del Código Penal Federal, determina que cuando se cometa un delito no previsto en ese Código, pero sí en una ley especial o en un tratado internacional de observancia obligatoria en México, se aplicarán éstos, tomando en cuenta las disposiciones del Libro Primero del referido Código y, en su caso, las conducentes del Libro Segundo. Manifiesta también, que cuando una misma materia aparezca regulada por diversas disposiciones, la especial prevalecerá sobre la general.
Ejemplo de leyes que regulan una misma conducta
Un ejemplo de leyes, dentro de las cuales surge el Principio de Especialidad, lo es, en materia de venta de armas de fuego. En este caso, no resulta aplicable el artículo 162 del Código Penal Federal, que es la ley general, pues de acuerdo al principio de especialidad antes referido la conducta del acusado de poner a la venta pistolas, careciendo del permiso expedido por la Secretaría de la Defensa Nacional, debe encuadrarse en el artículo 82 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, que es el ordenamiento de carácter especial.
Cuando y como se determina si se está ante un concurso de leyes
Para determinar si se está en presencia de un concurso de leyes que debe resolverse mediante la aplicación del principio de la especialidad de la ley, se deben de tomar en cuenta dos requisitos;
Primero. – que la conducta realizada por el acusado encuadre en el tipo legal descrito en la ley especial, y
Segundo. – que tanto ésta como la ley general, en sus respectivas disposiciones, contengan los mismos elementos.
Los anteriores requisitos que se desprenden de la doctrina sobre el principio de la especialidad, que parte del supuesto de que una misma acción caiga bajo la esfera de dos preceptos penales que se excluyen entre sí, por lo que al recoger la ley especial todas las características fundamentales del tipo general y además alguna otra específica.
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