Facultad de Revisión a los Comprobantes Fiscales

Los comprobantes fiscales son los medios de comprobación a través de los cuales los contribuyentes acreditan las actividades que realizan para efectos tributarios. Su función Principal es dejar constancia documental inequívoca de que existió un hecho o acto gravado por una contribución y determinar cuál es la situación fiscal en concreto de un contribuyente

En este sentido, el valor probatorio de una factura, siempre quedará sujeto a las facultades de comprobación de la autoridad, quien determinará si procede el efecto fiscal que el contribuyente le atribuye.

Comprobacion de la Autoridad Hacendaría

Por lo tanto la autoridad está facultada para verificar si la factura efectivamente consigna un hecho gravado por una contribución, corroborando entonces que tenga soportes documental es de los cuales se exprese en forma inequívoca la certeza y verdadera existencia de esa operación.

En este orden de ideas, la Autoridad Hacendaría al advertir por diversos medios que la operación a que se refiere la factura es inexistente, está en posibilidad de desconocer el efecto fiscal que el contribuyente pretende con dicho documento, ya sea acumulación de ingreso o deducción, pues no existe el hecho gravado por la contribución.

Causales de Invalidación de los Comprobantes Fiscales

Ahora bien, la Autoridad Fiscal puede concluir que las operaciones Amparadas por una factura son inexistencias por ejemplo al ser emitidas sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren como no localizados.

por CARLOS RUBEN SILVA URIAS
(Licenciado en Derecho y en Contaduría Pública)

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