Verificación de la Materialidad de las Operaciones por la Autoridad Fiscal

La simulación de Operaciones o la comúnmente denominada compra de facturas ha sido estos últimos años una de las actividades ilícitas más recurrentes para disminuir o extinguir el pago de contribuciones por parte de los gobernados.Según estudios realizados por el Servicio de Administración Tributaria, entre los ejercicios fiscales 2017, 2018, y 2019 se emitieron facturas apócrifas o simularon operaciones por un total de 339,000 millones de pesos.

¿Qué es la Materialidad de las Operaciones?

La Materialidad de la Operaciones representa la acreditación de la existencia de un hecho, negocio o actividad con elementos probatorios que demuestren de forma fidedigna e inequívoca su realidad, siendo indispensable que estén respaldados de pruebas documentales que comprueben que lo consignado en ellos, existió realmente. Además, el contribuyente prestador de la actividad deberá de contar con activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan dichos comprobantes o cuando no se localice al contribuyente.

Facultades de la Autoridad Fiscal para Revisar la Materialidad de las Operaciones

Atento a lo anterior, el poder legislativo a dotado a las autoridades hacendarias de atribuciones que le permiten auditar a los contribuyentes tanto emisores como receptores de facturas a fin de poder corroborar si verdaderamente se celebraron esos actos comerciales o jurídicos que aparentemente a uno le genero un gasto y al otro un ingreso. Todo lo anterior con el objetivo principal de Verificar la real Materialidad de las Operaciones.

Dicho esto, y con motivo del ejercicio de las facultades contenidas en las fracciones II y III del artículo 42 del Código Fiscal de la Federación, al revisar la contabilidad del contribuyente la autoridad fiscal está en posibilidad de verificar la existencia material de las operaciones consignadas en la documentación exhibida en la fiscalización.

Consecuencias Fiscales de No demostrar la Materialidad de las Operaciones

En este contexto, si el contribuyente auditado es omiso en exhibir la documentación comprobatoria que sirva de complemento y demuestre la materialización de los hechos consignados en los comprobantes fiscales exhibidos, la autoridad hacendaria válidamente podrá cuestionar la existencia de las operaciones descritas, ya que es imprescindible adminicular los comprobantes fiscales, con diversa documentación comprobatoria, para así tener certeza de que las operaciones consignadas en tales documentos existieron en la vida material y para que tenga así efectos Fiscales.

por CARLOS RUBEN SILVA URIAS

(Licenciado en Derecho y en Contaduría Pública)

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