El Concurso de Delito en materia Penal y sus elementos

En la Ciencia del Derecho, la materia Penal se define como el conjunto de normas, instituciones jurídicas y procedimientos a través de los cuales, el estado determina que tipos de conductas constituyen un delito, que penas le corresponderá y/o cuáles serán las medidas de seguridad impuestas a sus autores. En materia penal, una sola conducta puede tener como resultado la consumación de múltiples delitos, por esa razón en esta ocasión expondremos sobre el tema del Concurso de Delito.

La Institución Jurídica del Concurso de Delito nace de los artículos 18 y 19 del Código Penal federal, dichos preceptos de ley en su contenido manifiestan;

Artículo 18.- Existe concurso ideal, cuando con una sola conducta se cometen varios delitos. Existe concurso real, cuando con pluralidad de conductas se cometen varios delitos.

Artículo 19.- No hay concurso cuando las conductas constituyen un delito continuado.

Como pudimos observar con antelación, Concurso de Delito se da cuando con una sola o múltiples conductas se cometen distintos hechos delictuosos.

El Concurso IDEAL de Delito y ejemplo

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que el concurso ideal de delitos se caracteriza por la unidad delictiva, la cual atiende a la interdependencia entre los delitos de que se trate, esto es, que revelen elementos de conexión indisolubles o de dependencia recíproca, sin que ello se defina sólo a partir de los bienes jurídicos que tutelan, sino más bien con el análisis efectuado sobre si cada delito puede actualizarse en forma disociada o si presentan una relación de interdependencia, por lo tanto, el Concurso IDEAL de Delito tiene los siguientes elementos;

a) unidad de sujeto activo;

b) pluralidad de hechos punibles;

c) Dependencia de las acciones ilícitas; y

Consecuentemente, cuando se cometen autónoma y simultáneamente los delitos por ejemplo, de aportación de arma de fuego y posesión de cartuchos del mismo calibre, de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea, se actualiza un concurso ideal de delitos, porque ambos se ejecutan con una sola conducta, consistente en que el activo mantiene dentro de su rango de disponibilidad y acción los objetos materia de los ilícitos, con la cual se agotan concomitante e instantáneamente los elementos de los tipos penales; es decir, ese actuar se adecua a lo previsto en los artículos 83 y 83 Quat de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y se actualiza la unidad delictiva, pues se aprecia una interdependencia entre los dos delitos en cuestión, derivada de que los cartuchos son idóneos para reabastecer el arma y lograr con mayor eficacia la obtención del resultado formal, consistente en la inseguridad de la sociedad y la potencial afectación de otros bienes jurídicos, como la integridad física e incluso la vida; de ahí que existen elementos de conexión indisolubles, que revelan la dependencia recíproca entre los dos delitos, lo que genera una misma afectación a los bienes jurídicos tutelados, consistentes principalmente en la paz y la seguridad públicas.

El Concurso REAL de Delito y ejemplo

Al respecto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha precisado que existe concurso real o material de delitos cuando se presentan los siguientes elementos:

a) unidad de sujeto activo;

b) pluralidad de hechos punibles;

c) Independencia de las acciones ilícitas; y

d) inexistencia de una sentencia previa.

En este orden de ideas, el Concurso REAL de Delito, se da por ejemplo, en el siguiente caso, cuando el sujeto activo transporta ilícitamente madera en rollo en cantidad superior al máximo legal permitido y, al ser detenido por alguna autoridad para verificar la legalidad de esa transportación, exhibe un documento público falso (apócrifo) con la intención de acreditar que cuenta con el permiso correspondiente, se actualiza un concurso real de delitos, autónomos e independientes entre sí, que debe castigarse mediante el sistema de acumulación jurídica de penas.

por CARLOS RUBEN SILVA URIAS

(Licenciado en Derecho y en Contaduría Pública)

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