ILEGALIDAD de la Multa Federal por Fecha inexacta del nombramiento del oficial

En materia administrativa, todos los actos de las autoridades, deben de respetar las garantías de LEGALIDAD y de SEGURIDAD JURIDICA, establecidas en el artículo 14 y 16 Constitucional, lo anterior tiene el objetivo de que las actuaciones de las autoridades Gubernamentales sean arbitrarios y abusivos, o que se ejerza un poder desmedido sobre el Gobernado, sin atender a las verdaderas causas de la norma, como lo es, sancionar a la persona que vulnere el orden Jurídico, pero siempre y cuando conste con plenitud y de forma inequívoca que efectivamente se transgredió el orden tutelado por la LEY.

Obligación de los OFICIALES de indicar la fecha exacta de su nombramiento ✍🏻

En este orden ideas, una de las obligaciones que establecen las fuentes del derecho en la aplicación de una Multa Federal, es la de identificación del oficial actuante al momento de aplicar dicha sanción. Por lo tanto al elaborarse una Boleta de infracción LOS OFICIALES deberán de establecer en las sanciones una descripción clara y precisa del documento mediante el cual se identificaba el oficial, así como del oficio que le otorgaba competencia, así como también, el nombre y el cargo de quien EXPIDIÓ DE SU CREDENCIAL, el órgano de la dependencia que la emitió, así como el de la persona a cuyo favor se otorga, además de la fecha de expedición del oficio comisión, el número que le corresponde, el órgano y el titular de la dependencia y el nombre del autorizado.

Imprecisión de la fecha del Nombramiento del oficial

Ahora bien, en la práctica hemos notado de manera recurrente que la autoridad está manifestando de forma inexacta la fecha de vigencia de su nombramiento citando únicamente el mes y el año, por ejemplo “JUNIO 2020”, tal y como se cita en el siguiente apartado de una BOLETA DE INFRACCION.

Desde nuestro punto de vista la cita de la supuesta vigencia del nombramiento del oficial en esta forma “JUNIO 2020”, constituye una vulneración a la garantía de SEGURIDAD y LEGALIDAD JURÍDICA en razón de que NO representa una fecha precisa y exacta en la cual tiene conocimiento el Gobernado que este limitado la facultad y competencia de actuación de la autoridad federal, y esto genera un estado de inseguridad jurídica, porque el funcionario NO manifiesta de forma precisa la fecha de expiración de su credencial. Lo anterior en virtud de que recordemos, una fecha se integra del día, mes y año de acuerdo a la definición del Diccionario de la Real Academia Española: “FECHA” 3. f. Día completo o día determinado.

por CARLOS RUBEN SILVA URIAS

(Licenciado en Derecho y en Contaduría Pública)

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