La Infraccion Federal por exceso de velocidad es una de las sanciones más comunes en las carreteras federales de México, aplicada principalmente por la Guardia Nacional (GN). Si te han multado o quieres evitar problemas, esta guía actualizada para 2025 te explica qué es, cuánto cuesta, cómo pagarla o impugnarla, y consejos prácticos para conducir sin sanciones. ¡Sigue leyendo para estar informado y proteger tus derechos

¿Qué es una Infraccion Federal por exceso de velocidad?

Una infracción federal por exceso de velocidad ocurre cuando un conductor supera los límites de velocidad establecidos en carreteras federales, regulados por la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal. La Guardia Nacional, a través de su División de Seguridad en Carreteras, utiliza radares, patrullas y controles visuales para detectar estas faltas.

En 2025, los límites de velocidad típicos son:

  • 80 km/h en carreteras federales sin acotamiento.
  • 110 km/h en autopistas de cuota.
  • 30-50 km/h en zonas urbanas o con vibradores.

Superar estos límites, como conducir a 120 km/h en una zona de 80 km/h, puede resultar en una multa inmediata o notificada posteriormente.

@crsabogados

La Multa Federal de la Guardia Nacional mas comun es la de Exceso de Velocidad, para anular multas llamanos al 6671958031 👍 #multasfederales

♬ sonido original – Carlos Silva

Costos de la Infraccion Federal por exceso de velocidad en 2025

El costo de la multa depende de la gravedad y el tipo de vehículo:

  • Vehículos particulares: Entre 30 y 80 UMAs ($3,500-$7,000 MXN, según el valor de la UMA en 2025).
  • Vehículos de carga: Hasta 100 UMAs ($11,000 MXN) o más si hay riesgos adicionales.
  • Casos extremos: Velocidades significativamente altas (ej. 150 km/h en zona de 80 km/h) pueden implicar sanciones mayores, retención del vehículo o incluso arresto.

En 2023, la GN recaudó millones de pesos por infracciones de tránsito, y en 2025, la vigilancia se ha intensificado con tecnología avanzada como radares de alta precisión.

¿Cómo Detecta la Guardia Nacional el Exceso de Velocidad?

La GN utiliza:

  • Radares de velocidad: Detectan velocidades exactas y generan multas automáticas.
  • Patrullas con observación visual: Los agentes pueden estimar la velocidad y detenerte.
  • Cámaras de vigilancia: En algunas autopistas, capturan placas para notificaciones posteriores.

Si te detienen, el agente debe identificarse con su gafete oficial, uniforme (camisa gris, pantalón negro, boina negra) y emitir una boleta de infracción con detalles como el folio, el artículo infringido y la velocidad registrada.

¿Puedo Impugnar una Infraccion Federal por exceso de velocidad?

Sí, puedes impugnar si consideras que la multa es injusta. Motivos comunes incluyen:

  • Falta de señalización: Límites de velocidad no visibles o señales desgastadas.
  • Errores en la boleta: Falta de datos como el gafete del agente, el artículo infringido o la velocidad exacta.
  • Radar defectuoso: Si no se te mostró la lectura o el equipo no estaba calibrado.
  • Procedimiento irregular: Si el agente no se identificó correctamente.

Es por lo anterior que debes de saber, antes que nada, el que todas las Multas Federales pueden ser CANCELADAS a través del Juicio Contencioso Administrativo y a continuación te explico cómo se hace;

Todas las Infracciones Federales al reverso en su punto #5 indican;

  1. En términos de los artículos 1, 2, 3 58-2 y demás relativos de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, dispones del derecho de acción para demandar jurisdiccionalmente la nulidad de las sanciones que se le imponen.

Como veras, es tu DERECHO demandar la nulidad de la multa federal, si te interesa hacerlo llámanos al 6671958031 o mándanos un WhatsApp o llena el formulario que está más abajo y te contactaremos

Obligaciones de la Autoridad al imponer Infracciones Federales

Por mandato de Ley de acuerdo al artículo 203 del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, la Guardia Nacional o la Policía Federal, al aplicar sanciones tiene la Obligación de hacer una narración sucinta, objetiva y detallada de los hechos, circunstancias y todos los elementos que integran la conducta supuestamente realizada por el gobernado que ameritan la infracción.

ILEGALIDAD de la Multa Federal por exceso de velocidad

Ahora bien, si al aplicar una Multa Federal, la Guardia Nacional únicamente manifiesta como conducta reprochable en la Boleta de Infracción;

Infracción por exceso de velocidad de la Guardia Nacional 2021

Entonces dicha Multa Federal por exceso de velocidad, es ILEGAL porque en la propia sanción NO se advierte que el oficial haya expuesto las circunstancias detalladas en que acontecieron los hechos y por lo tanto se violan las garantías de Legalidad y Seguridad Jurídica del gobernado.

Para que fuera LEGAL entonces la Boleta de Infracción, el oficial debía plasmar en ella las circunstancias en que los acontecimientos que provocaron que la conducta del particular encuadrara en una hipótesis de infracción o su actuar contraviniera las disposiciones legales o reglamentarias en la materia.

La debida motivación de la Boleta de Infracción

En el caso concreto, para una debida motivación de la Boleta de Infracción, era estrictamente necesario que la autoridad plasmara;

  1. Como se PERCATÓ de la conducta infractora
  2. De qué forma se DESARROLLO dicha conducta
  3. De qué manera PROCEDIÓ el oficial al percatarse de la infracción cometida
  4. Como procedió a realizar la REVISIÓN
  5. Establecer las circunstancias de Lugar Modo y Forma
  6. Entre otros elementos suficientes que permitan al conductor tener certeza jurídica de que NO existe error al imponer la Sanción.

Solamente la verdadera existencia de los datos anteriormente expuestos, podrían generar la convicción de que es correcta la aplicación de la sanción, o de lo contraria la misma será ILEGAL.


    0 Comentarios

    Deja un comentario

    Marcador de posición del avatar

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *