Multa por colocar mal o No traer placa vehicular de la Guardia Nacional
La Multa por colocar mal o No traer placa vehicular, se da cuando los conductores NO tienen su vehículo con placas debidamente colocadas y claramente legibles, lo cual indudablemente representa mayor inseguridad para la circulación. Puesto que es necesario tener certeza del registro de las unidades que están en circulación y su adecuado pago de impuesto vehicular.
La carencia de placa vehicular está asociada con la falta de tarjeta de circulación, contrato de seguro, e inclusive con actividades criminales. Imagínese que usted tiene un accidente en el cual participa un auto sin placas en cual se da a la fuga, si esa unidad NO tiene placa de identificación difícilmente podrá localizar a su dueño, este es un ejemplo de la necesidad de contar con placas vehiculares.
Fundamento Legal de la Multa por No traer placa vehicular
Esta Multa tiene sustento en el artículo 85 del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, este precepto de ley manifiesta lo siguiente:
Artículo 85.- Para que un vehículo automotor, así como remolque o semirremolque pueda transitar en las vías federales, será necesario que esté provisto de placas debidamente colocadas y claramente legibles, así como de tarjeta de circulación y, en su caso, engomado, vigentes, expedidos por las autoridades que correspondan o, en su defecto, del documento que legalmente los sustituya. Queda prohibido que los vehículos transiten por las vías federales con placas metálicas de identificación con modificaciones o colocación de forma tal que impida su legibilidad.
¿Qué recurso procede contra la Multa por colocar mal o No traer placa vehicular?
Toda Boleta de Infracción de la Guardia Nacional, manifiesta en su reverso en los # 4 y 5 los Recursos Legales que proceden contra ella,,, La mejor forma de cancelar una Multa Federal es Impugnarla ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa dentro de los 30 días siguientes en que le fue entregada la Boleta de Infracción.
En CRSAbogados te GARANTIZAMOS LA CANCELACION DE TU MULTA FEDERAL. Recuerda que entre más rápido se demande la nulidad de una multa más pronto se cancela, y que solo tienes 30 días para demandar la NULIDAD de una Multa Federal o después pierdes el derecho. Puedes contactarnos llenando el siguiente formulario.
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