El régimen ejidal en México ha sido un pilar para el desarrollo del campo; sin embargo, para muchos titulares y poseedores de tierras, la imposibilidad de vender, hipotecar o heredar libremente representa un obstáculo económico. La vía legal para transformar un terreno ejidal en pleno dominio mercantil o civil es el proceso conocido como dominio pleno y desincorporación ejidal.

En CRSAbogados somos especialistas en Derecho Agrario y acompañamos a ejidatarios, inversionistas y desarrolladores inmobiliarios en cada etapa de esta regularización para asegurar certidumbre jurídica total.

¿Qué es el Dominio Pleno y la Desincorporación Ejidal?

Aunque suelen utilizarse de forma conjunta, comprenden momentos clave del proceso legal:

  • Dominio Pleno: Es el derecho que adquiere un ejidatario sobre su parcela asignada formalmente, permitiéndole salir del régimen ejidal para sujetarse al derecho común (propiedad privada).
  • Desincorporación Ejidal: Es el acto formal y legal mediante el cual la tierra deja de pertenecer al núcleo agrario o ejido, desligándose de las regulaciones de la Ley Agraria para integrarse al Registro Público de la Propiedad.

Principales Beneficios de Adquirir el Dominio Pleno

Adoptar el régimen de propiedad privada sobre una parcela regularizada mediante este procedimiento ofrece múltiples ventajas:

  1. Libertad de Comercialización: Posibilidad de vender o arrendar la propiedad a cualquier persona física o moral sin requerir la autorización de la Asamblea Ejidal.
  2. Acceso a Financiamiento: Capacidad de usar el inmueble como garantía hipotecaria ante instituciones bancarias y financieras.
  3. Certeza y Heredabilidad: Facilidad para testar y transferir el inmueble bajo el derecho civil.
  4. Mayor Valor Comercial: La propiedad privada incrementa significativamente su valor de mercado frente a un certificado parcelario.

Requisitos y Pasos para el Trámite de Dominio Pleno

Para llevar a cabo la desincorporación con éxito, es fundamental cumplir estrictamente con lo dispuesto por la Ley Agraria y el Reglamento Interno del Ejido:

  1. Contar con Certificado Parcelario: La parcela debe estar formalmente delimitada y asignada en favor del titular a través del programa PROCEDE o FANAR.
  2. Convocatoria a Asamblea Ejidal de Formalidades Especiales: Se requiere la celebración de una asamblea con quórum calificado donde se acuerde que los ejidatarios puedan adoptar el dominio pleno.
  3. Inscripción en el Registro Agrario Nacional (RAN): Solicitar la cancelación del certificado parcelario y la expedición del título de propiedad correspondiente.
  4. Inscripción en el Registro Público de la Propiedad (RPP): Dar de alta el título expedido por el RAN en el registro local para completar la privatización.

Nota Legal Importante: El primer comprador de una parcela que adopta el dominio pleno debe respetar el derecho del tanto a favor de familiares, separadores de hecho, ejidatarios y comuneros. Un error en este trámite puede invalidar la compraventa.

¿Por qué Necesitas Asesoría Agraria Especializada?

El proceso de dominio pleno y desincorporación ejidal implica trámites ante la Procuraduría Agraria, el RAN, notarios públicos y el RPP. Un error procedimental en la convocatoria de la Asamblea o en las notificaciones del derecho del tanto puede derivar en juicios ante los Tribunales Agrarios y la nulidad de la escritura.

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