Responsabilidad del Estado por el Accidente de la LINEA 12 del Metro

El Trágico accidente de la LINEA 12 del metro en la Ciudad de México, que hasta la fecha ha cobrado al menos 25 muertos y más de 80 heridos representa una de las peores catástrofes desde el terremoto del 2017. Sin embargo, esta tragedia tiene impregnada en sus hechos la posible negligencia y escaso actuar de las autoridades para la prevención de este tipo de accidentes.

Lo anterior en atención a que desde el año 2019 según datos recabados en internet, existían denuncias por partes de residentes de la zona y usuarios de la LINEA 12 del metro en la Ciudad de México que denunciaban irregularidades y fallas visibles estructurales en el tramo que colapso el pasado lunes 03 de mayo. Por lo tanto, el nulo actuar de las autoridades para el mantenimiento y la preservación del correcto funcionamiento de dicha vía de comunicación y transporte a todas luces constituye una Actividad irregular del estado que da derecho a las victimas el que sean indemnizados por la Responsabilidad Patrimonial Gubernamental.

¿Que es la Responsabilidad Patrimonial del Estado?

Bajo este análisis, el artículo 1ro segundo párrafo de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado prevé que la actividad administrativa irregular es aquella que emana de la función administrativa gubernamental y que causa daño a los bienes y derechos de los particulares que no tengan obligación jurídica de soportar, en virtud de no existir fundamento o causa legal de justificación para legitimarlo….

Procedencia de la Responsabilidad Patrimonial del Estado.

En estas condiciones, para la procedencia del derecho fundamental a obtener una indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado, la autoridad Juzgadora debe exponer, fundada y motivadamente, que la afectación causada derivó de una actividad administrativa irregular, entendida ésta como la que se realizó fuera de sus atribuciones, o bien, en completo y absoluto desapego a las normas que rigen su actuación.

Ejemplos históricos de Responsabilidad Patrimonial del Estado.

Un caso histórico en México que derivo en Responsabilidad Patrimonial de la Comisión nacional del Agua, lo fueron las causas generadoras de la ruptura del túnel emisor poniente del sistema principal de drenaje del valle de México el 6 de septiembre de 2009 y su conexión con los daños producidos por la inundación que provocó lo cual culmino con la procedencia del pago indemnizatorio a toda la comunidad afectada. 

Acreditación de la Responsabilidad Patrimonial

Para la debida Acreditación de la Responsabilidad Patrimonial del Gobierno de la Ciudad de México en el accidente de la LINEA 12 del metro, es necesario que en el juicio correspondiente se demuestre con peritos especialistas en obras de ingeniería civiles de transporte certifiquen con pruebas y dictámenes periciales que la autoridad capitalina fue negligente deficiente u omisa en la realización de las labores de mantenimiento y la preservación del correcto funcionamiento de dicha vía de comunicación y transporte. Lo anterior demostraría en sí, la Actividad irregular del estado, dando derecho a las victimas para que sean indemnizados por la Responsabilidad Patrimonial Gubernamental.

En Conclusión, sin duda alguna el Trágico accidente de la LINEA 12 del metro en la Ciudad de México nos ha convertido en testigos de actos de autoridad abusivos o irregulares. Es triste ver como las victimas de dicha catástrofe sufran ante las omisiones actuaciones efectivas de mantenimiento de las obras por parte de las autoridades que estaban obligadas por LEY a ejecutar para nuestro bienestar social, todas las anteriores acciones mientras pongan en evidencia y demuestren negligencia por parte del Estado darán lugar a la Responsabilidad Patrimonial Gubernamental e inclusive PENAL.

por CARLOS RUBEN SILVA URIAS

(Licenciado en Derecho y en Contaduría Pública)

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