¿Cuánto cuesta una multa federal por exceso de velocidad? 🚗🚓 👮🏻‍♂️

Una de las infracciones federales más comunes impuestas por la Guardia Nacional lo es la Multa Federal por exceso de velocidad del 2024. Recuerda que es muy importante que sepas, que todas las Infracciones Federales del 2024 podrán ser ANULADAS a través del Juicio Contencioso Administrativo, esto lo explican todas las Infracciones Federales al reverso en su punto #5 al indicar;

5. En términos de los artículos 1, 2, 3 58-2 y demás relativos de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, dispones del derecho de acción para demandar jurisdiccionalmente la nulidad de las sanciones que se le imponen.

Como veras, es tu DERECHO demandar la nulidad de la multa federal, si te interesa hacerlo llámanos al 6671958031 mándanos un WhatsApp o llena el formulario que está más abajo y te contactaremos

 ‍⚖️ Fundamento Legal de la Multa Federal por exceso de velocidad

El fundamento legal de la multa federal por exceso de velocidad, son los articulo 134 y 136 del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, dichos preceptos de ley manifiesta lo siguiente;

Artículo 134.- La velocidad máxima para el tránsito de vehículos es la indicada en los dispositivos para el control de tránsito, siendo ésta hasta de:

I. 80 km/h para Camiones;

II. 95 km/h para autobuses, y

III. 110 km/h para cualquier otro vehículo distinto a los señalados en las fracciones I y II de este artículo.

Cuando en algún tramo de la carretera federal no haya dispositivo para el control de tránsito que fije el límite máximo de velocidad, ésta será la establecida en la tabla siguiente:

Ahora bien, el articulo 136 expone que a los conductores que rebasen los límites de velocidad que establece el artículo 134 del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal serán sancionados pecuniariamente en los siguientes términos:

💲 COSTO DE LA Multa Federal por exceso de velocidad en el 2024 💰💵

Para AUTOBUSES:

$6,950 hasta los $10,425 pesos MX.

Para los CAMIONES:

$5,212 hasta los $7,819 pesos MX.

Para los AUTOMOVILES y MOTOCICLETAS, o VAGONETAS SIN REMOLQUES:

$4,344 hasta los $6,081 pesos MX.

ILEGALIDADES de la multa federal por exceso de velocidad 👌

Dentro de las ILEGALIDADES más comunes en la imposición de la multa federal por exceso de velocidad a los Ciudadanos, lo es el que la autoridad jamás respeta el artículo 3, fracción V de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, así como el artículo 203 del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, y este último establece que en el procedimiento de imposición de la Multa la autoridad deberá realizar una NARRACIÓN DETALLADA Y OBJETIVA DE LOS HECHOS como elementos y requisitos de valides del acto administrativo.

Por lo que si la Autoridad únicamente señala que “SE REBASO EL LÍMITE DE VELOCIDAD”, pero NO expresa los razonamientos lógicos jurídicos sobre el por qué considero que en el caso concreto se ajustaba a la hipótesis normativa, y únicamente indica que el Gobernado rebaso los límites de velocidad, pero sin demostrar que efectivamente se conducía a exceso de Velocidad, es decir, con pruebas fehacientes como un registro, un video o una fotografía, o cualquier otro medio de prueba tendiente a otorgar certeza de que realmente el particular cometió la misma, esa multa es ILEGAL.

🥇 Impugnación de la Infracción Federal por exceso de velocidad

Lo anterior en razón de que el artículo 203 del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, manifiesta que en la Boleta de Infracción se deben de indicar las circunstancias de tiempo, modo y lugar que acontecieron en el momento de los hechos, particularmente, las relativas con los dispositivos en donde se indica la velocidad máxima de transito que se rebaso o bien, ante la inexistencia de estos, la precisión de si al momento de cometerse la infracción era de día o de noche, a efecto de establecer a velocidad máxima aplicable con base en la descripción del tipo de vehículo y carretera,  circunstancias que condicionan la tipificación de la conducta infractora.

Por lo tanto, si del análisis de una Boleta de Infracción, no se advierte la pormenorización de tales datos, y el oficial únicamente expone; QUE SE REBASO EL LÍMITE DE VELOCIDAD dicha multa es ILEGAL, al no existir certeza de que verdaderamente hubiesen sucedido los hechos que sanciona la Autoridad.

     

    × Asesoria al Instante 👨🏻‍⚖️⚖