Que es un sobreseimiento significado y ejemplos

En materia Legal existe todo un universo de posibilidades que pueden acontecer, antes durante y posterior a la conclusiรณn de un litigio, por ejemplo; iniciada una Litis pueden devenir supuestos procesales los cuales irรณnicamente darรกn a lugar a que el juicio se termine sin ser posible resolver el caso en definitiva, y estos eventos podrรญan ser las causales de Sobreseimiento.

Significado de sobreseimiento (definiciรณn)

La definiciรณn mayormente adoptada para el sobreseimiento de acuerdo a los diccionarios jurรญdicos de nuestra paรญs y a criterios del Poder Judicial es, que el sobreseimiento representa el acto procesal que da por terminado el juicio sin haber resuelto la controversia de fondo ni haberse pronunciado sobre las pretensiones de las partes, รณsea da por concluido el litigio una vez que fue iniciado por sobrevenir situaciones especiales o extraordinarias.

Ejemplo del sobreseimiento en el juicio de amparo o en materia administrativa

Las causales y ejemplos mรกs comunes en materia administrativa y en Amparo son, el Sobreseimiento porque el Promovente o Quejoso se desista expresamente de su demanda o No la ratifique, un caso real que yo vivรญ, lo fue, que en una ocasiรณn en el 2013 a un cliente la entonces PGR le detuvo un carro porque era de procedencia extranjera, era Americano, la PGR al mes y medio pone el carro a disposiciรณn del SAT para que iniciara el Procedimiento Aduanero, a los 2 meses de retenido el carro el SAT no le notificaba nada a mi cliente, entonces se nos ocurriรณ promover un Amparo Indirecto alegando como acto reclamado la omisiรณn de inicio del Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera por parte del SAT, entonces el Juzgado de Distrito nos admitiรณ la demanda le notifica la misma al SAT y le SAT a los 15 dรญas nos manda una notificaciรณn citando a mi cliente para entregarle el vehรญculo y se lo entrega. En esta situaciรณn particular el acto reclamado dejo de existir, ante lo cual mi cliente se desistiรณ de la Demanda de Amparo Indirecto porque el juicio quedo sin materia dando lugar a una de las causales de sobreseimiento establecidas en la fracciรณn IV, del artรญculo 63 de la Ley de Amparo, ahora bien el artรญculo mencionado en su contenido manifiesta;

Artรญculo 63. El sobreseimiento en el juicio de amparo procede cuando:

I. El quejoso desista de la demanda o no la ratifique en los casos en que la ley establezca requerimiento. En caso de desistimiento se notificarรก personalmente al quejoso para que ratifique su escrito en un plazo de tres dรญas, apercibido que de no hacerlo, se le tendrรก por no desistido y se continuarรก el juicio.

No obstante, cuando se reclamen actos que tengan o puedan tener como consecuencia privar de la propiedad o de la posesiรณn y disfrute de sus tierras, aguas, pastos y montes a los ejidos o nรบcleos de poblaciรณn que de hecho o por derecho guarden el estado comunal, no procede el desistimiento del juicio o de los recursos, o el consentimiento expreso de los propios actos, salvo que lo acuerde expresamente la Asamblea General, pero uno y otro sรญ podrรกn decretarse en su beneficio;

II. El quejoso no acredite sin causa razonable a juicio del รณrgano jurisdiccional de amparo haber entregado los edictos para su publicaciรณn en tรฉrminos del artรญculo 27 de esta Ley una vez que se compruebe que se hizo el requerimiento al รณrgano que los decretรณ;

III. El quejoso muera durante el juicio, si el acto reclamado sรณlo afecta a su persona;

IV. De las constancias de autos apareciere claramente demostrado que no existe el acto reclamado, o cuando no se probare su existencia en la audiencia constitucional; y

V. Durante el juicio se advierta o sobrevenga alguna de las causales de improcedencia a que se refiere el capรญtulo anterior.

Causales de sobreseimiento expuestas en el artรญculo 9ยบ de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

ARTรCULO 9o.- Procede el sobreseimiento:

I. Por desistimiento del demandante.

II. Cuando durante el juicio aparezca o sobrevenga alguna de las causas de improcedencia a que se refiere el artรญculo anterior.

III. En el caso de que el demandante muera durante el juicio si su pretensiรณn es intransmisible o, si su muerte, deja sin materia el proceso.

IV. Si la autoridad demandada deja sin efecto la resoluciรณn o acto impugnados, siempre y cuando se satisfaga la pretensiรณn del demandante.

V. Si el juicio queda sin materia.

VI. En los demรกs casos en que por disposiciรณn legal haya impedimento para emitir resoluciรณn en cuanto al fondo.

El sobreseimiento del juicio podrรก ser total o parcial.

La muerte del promovente de una demanda tambiรฉn constituye una de las causales mรกs recurrentes de sobreimiento, siempre y cuando su pretensiรณn sea intransmisible o, si su muerte, deja sin materia el proceso. Otra causal de sobreseimiento muy comรบn lo es la enumerada en la fracciรณn IV del artรญculo anterior, que son los casos en que la autoridad demandada deja sin efecto la resoluciรณn o acto impugnados, y satisface la pretensiรณn del demandante, por ejemplo cuando se demanda la cancelaciรณn de una multa o un crรฉdito fiscal y la autoridad antes de concluir el juicio con sentencia la cancela.

Por รบltimo se transcribe la siguiente jurisprudencia por contradicciรณn de tesis, aprobada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Naciรณn, en sesiรณn privada del treinta de enero de dos mil diecinueve.

Jurisprudencia ilustrativa a la materia del sobreimiento

SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO POR FALLECIMIENTO DEL QUEJOSO. PROCEDE DECRETARLO SI LOS ACTOS RECLAMADOS Sร“LO AFECTAN SUS DERECHOS PERSONALES, CON INDEPENDENCIA DE QUE SE HUBIESEN OCASIONADO DAร‘OS Y PERJUICIOS A SUS FAMILIARES, SUSCEPTIBLES DE REPARACIร“N. En atenciรณn a los principios constitucionales de instancia de parte agraviada y de relatividad que rigen el juicio de amparo, la sentencia sรณlo puede ocuparse del quejoso, esto es, de quien lo promoviรณ, limitรกndose a protegerlo contra los actos declarados inconstitucionales a efecto de que se le restituya en el goce del derecho fundamental violado; por tanto, el supuesto de sobreseimiento previsto en el artรญculo 63, fracciรณn III, de la Ley de Amparo, se actualiza cuando aquรฉl fallece durante el trรกmite del juicio y los actos que reclamรณ sรณlo afectan sus derechos personales, aunque pudiesen trascender a la estabilidad econรณmica, psicolรณgica o emocional de sus familiares, en tanto carecerรญa de lรณgica y sentido prรกctico analizarlos, si anticipadamente se advierte que su eventual declaratoria de inconstitucionalidad no tendrรญa ejecutividad, al no ser jurรญdicamente posible conceder el amparo a personas que no lo solicitaron, aun cuando por su cercanรญa con el quejoso, dichos actos les hayan ocasionado daรฑos y perjuicios susceptibles de reparaciรณn mediante una compensaciรณn econรณmica o cualquier otra medida resarcitoria, habida cuenta que existen otros mecanismos legales para garantizar su derecho a una reparaciรณn integral.Contradicciรณn de tesis 328/2018. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero del Cuarto Circuito y Quinto del Primer Circuito, ambos en Materia Administrativa, y Segundo del Segundo Circuito, con residencia en Ciudad Nezahualcรณyotl, Estado de Mรฉxico. 16 de enero de 2019. Cinco votos de los Ministros Alberto Pรฉrez Dayรกn, Eduardo Medina Mora I., Josรฉ Fernando Franco Gonzรกlez Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Javier Laynez Potisek; votรณ con salvedad Josรฉ Fernando Franco Gonzรกlez Salas. Ponente: Alberto Pรฉrez Dayรกn. Secretaria: Georgina Laso de la Vega Romero.

por CARLOS RUBEN SILVA URIAS

(Licenciado en Derecho y en Contadurรญa Pรบblica)

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