Las Pruebas Documentales públicas con firma electrónica avanzada y sello digital

De conformidad a los establecido en el artículo 129 del Código Federal de Procedimientos Civiles, los documentos públicos son aquellos expedidos por funcionarios del Estado depositarios de fe pública en ejercicio de sus funciones y dentro de los límites de su competencia.

Las Pruebas Documentales públicas revisten eficacia demostrativa plena sin necesidad de reconocimiento por quien se opone a ellos, en virtud de que el articulo 130 del dispositivo de ley anteriormente expuesto, determina, el que los documentos públicos expedidos por autoridades de la Federación, de los Estados, del Distrito Federal y Territorios o de los Municipios, harán fe en el juicio, sin necesidad de legalización.

La Firma Electrónica en los Documentos Públicos

Al respecto, el artículo 17-D del Codigo Fiscal de la Federacion, determina que; cuando las disposiciones fiscales obliguen a presentar documentos, éstos deberán ser digitales y contener una firma electrónica avanzada del autor, salvo los casos que establezcan una regla diferente. Las autoridades fiscales, mediante reglas de carácter general, podrán autorizar el uso de otras firmas electrónicas.

Para los efectos mencionados en el párrafo anterior, se deberá contar con un certificado que confirme el vínculo entre un firmante y los datos de creación de una firma electrónica avanzada, expedido por el Servicio de Administración Tributaria. Asi como también, que en los documentos digitales, una firma electrónica avanzada amparada por un certificado vigente sustituirá a la firma autógrafa del firmante, garantizará la integridad del documento y producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos con firma autógrafa, teniendo el mismo valor probatorio, y consiste en que:

Los datos que en forma electrónica son vinculados o asociados a un mensaje de datos y que corresponden inequívocamente al firmante, con la finalidad de asegurar la integridad y autenticidad del mismo, de tal modo que la Firma Electrónica Avanzada se vincula directamente al firmante y a los datos a su disposición, lo cual permite detectar cualquier modificación que se haga a dicha información.

Valor de las pruebas Documentales Publicas con Firma Electrónica Avanzada

A lo anterior, hay que destacar que las Autoridades Administrativas están obligadas a hacer uso de tales medios de validación de documentos. En consecuencia, las impresiones de documentos oficiales con firma electrónica avanzada y sello digital tienen el carácter de una prueba documental pública, pues son expedidas por funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones y dentro de los límites de su competencia.

Lo anterior bajo la premisa, de que gracias a los avances tecnológicos se ha alcanzado la capacidad de que mediante el uso de los sistemas de cómputo y el almacenamiento de información en Internet, así como en las diversas redes institucionales de las dependencias gubernamentales, el registro de los datos inherentes a las personas sea más accesible y fácil de consultar, pues una vez capturada la información relacionada a una persona, los datos concernientes a ésta puedan visualizarse en las pantallas de los equipos de cómputo de forma directa accediendo mediante la red institucional que la dependencia a la que corresponda resguardar dicha información, o bien, reproducirse en discos ópticos y/o mediante impresión física.

por CARLOS RUBEN SILVA URIAS

(Licenciado en Derecho y en Contaduría Pública)

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