La guardia nacional me puede infraccionar?

Si te estas preguntando en relación al cambio de la Policía Federal, si la Guardia Nacional me puede infraccionar ?, la respuesta es SI, pero también debes de saber, que la mayoría de sus multas federales son ILEGALES y pueden CANCELARCE a través de un juicio. A continuación, te explicamos cómo;

Todas las Infracciones Federales al reverso en su punto #5 al indicar;

  1. En términos de los artículos 1, 2, 3 58-2 y demás relativos de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, dispones del derecho de acción para demandar jurisdiccionalmente la nulidad de las sanciones que se le imponen.

Como veras, es tu DERECHO demandar la nulidad de las infracciones guardia nacional, si te interesa hacerlo llámanos al 6671958031 mándanos un WhatsApp o llena el formulario que está más abajo y te contactaremos. Las Multas de la Guardia Nacional son ILEGALES por lo siguiente;

Los Oficiales de la Guardia Nacional jamás manifiestan los datos mínimos que permitan autentificar el gafete con el cual se identifican, atento al derecho humano a la seguridad jurídica

La Suprema Corte de Justicia considera que para que una Multa Federal sea Legal, se necesita que al imponerla el oficial de la Guardia Nacional, se identifique ante los ciudadanos para que éstos se cercioren de su registro y, y que exhiban sus gafetes o documentos de identificación, los cuales deberán reunir los siguientes requisitos, para que sean LEGALES;

El Oficial de la Guardia Nacional tiene la Obligación de exhibirle al Ciudadano;

  1. Su nombre,
  2. La vigencia de su nombramiento
  3. El cargo que ostenta,
  4. Su fotografía,
  5. Su huella digital,
  6. El nombre de la institución a la que pertenecen
  7. Su clave de inscripción en el Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública,
  8. Y las medidas de seguridad que garanticen la autenticidad de su Identificación

Los anteriores elementos, son los requisitos MINIMOS que debe manifestar un oficial de la Guardia Nacional al imponer una multa por infracción a las normas de tránsito y vialidad Federal, a fin de satisfacer su obligación de identificarse plenamente ante el ciudadano a quien la aplica. Lo anterior es conforme con el derecho humano a la seguridad jurídica respecto de los actos de las autoridades administrativas, inmerso en el artículo 16 de la Carta Magna, que implica que los afectados tengan la certeza de quién es la persona que los sanciona y si tiene facultades para hacerlo como Autoridad Federal.

Cualquier Multa Federal de la Guardia Nacional que NO tenga como mínimo los anteriores elementos es ILEGAL

En conclusión, las autoridades administrativas deben observar los requisitos que las normas secundarias establecen para satisfacer la obligación de identificarse debidamente ante los gobernados al aplicar una SANCION, y si la Guardia Nacional al aplicar cualquier Multa Federal no le demuestra al Ciudadano mínimamente los 8 anteriores elementos dicha Infracción Federal es ILEGAL y NO surtirá efectos Legales.

DESEAS CANCELAR UNA MULTA??? LLÁMANOS AL 6671958031 O LLENA EL SIGUIENTE FORMULARIO ✍️

    × Asesoria al Instante 👨🏻‍⚖️⚖