Mitos de las Casetas de Cobro en México

A continuación, hablaremos el Polémico tema de las Casetas de Cobro en carreteras Federales de México, un tema que a todos los usuarios que transitan por las mismas les impacta ya que existen pagos de casetas que un vehículo común y corriente oscila desde los $20 hasta los $290 pesos en diferentes puntos del país, de espanto, ósea que existen casetas de cobro en México que prácticamente cobran 2 veces un salario Mínimo, siendo lo exorbitante de su costo el que sea tan  molesto en ocasiones su pago. Existiendo el cobro de casetas desde hace más de medio siglo, esta situación ha orillado a miles o millones de ciudadanos a preguntarse; ¿si son obligatorias el pagarlas?, ¿si es un delito el No pagarlas? , Interrogantes de esta naturaleza serán en esta nota contestadas por un especialista explicando sus respuestas de una forma sencilla.

1. ¿Qué dice el artículo 11 constitucional sobre las casetas de Cobro de México?  

R. Prácticamente No dice nada sobre las casetas de Cobro, de echo ni las menciona, dicho artículo en su primer párrafo manifiesta lo siguiente;

Artículo 11. Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país.

2. ¿es obligatorio pagar casetas? 

R. El artículo 107 del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal explícitamente manifiesta, que los conductores que decidan utilizar las vías federales de acceso controlado deberán cubrir el pago correspondiente en las casetas instaladas para el efecto, entonces podemos concluir, que la Libertad de Tránsito en carreteras Federales transporta consigo también la obligación de realizar el pago de las casetas de cobro que hubiere en el trayecto de tu destino.

3. ¿Por qué hay casetas de cobro en México?

R. Para cobrar a los usuarios por la utilización de esa carretera y así ayudar para el pago su creación, mantenimiento, seguros de daños y ampliaciones.

4. ¿es delito no pagar casetas en México?

R. NO es un Delito, pero si constituye una Falta Administrativa con multas desde $4250 hasta los $5100 pesos, y adicionalmente se te requerirá el pago inmediato del peaje que pretendiste omitir.

Para una mejor comprensión se transcribe el precepto de ley en cita:

Artículo 107.- Los conductores que decidan utilizar las vías federales de acceso controlado deberán cubrir el pago correspondiente en las casetas instaladas para el efecto.

La contravención de lo antes dispuesto se sancionará con multa de 50 a 60 veces la cuota diaria que establece este Reglamento; adicionalmente se le requerirá el pago inmediato del peaje eludido en la caseta correspondiente.

5. ¿es obligatorio pagar casetas en México?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha concluido el que, si una persona pretende circular por una carretera federal sin pagar un peaje puede hacerlo caminando, inclusive a caballo (aunque suene risorio), pero si pretende circular en un vehículo motorizado o motocicleta por carreteras federales y en sus trayectorias se encuentran localizada una o más casetas de cobros estará OBLIGADO a su pago.

6.- ¿Por qué cobran o se pagan las casetas en México?   

R. La razón del Porque pagamos casetas de cobro en carreteras Federales, se debe a que la utilización de gran parte de la infraestructura de vías Federales de acceso Controlado esta concesionada a particulares y dicho cobro entonces constituye un crédito fiscal cobrado por el estado a través de un particular por concepto de Aprovechamiento, y aun NO estando concesionada, el pago de la cuota es destinado para su mantenimiento.

Los Aprovechamientos son los ingresos que percibe el Estado por funciones de derecho público, al otorgar por ejemplo a personas Físicas o Morales concesiones, en este caso para la explotación de vías de Transporte.

7. ¿son legales las casetas de cobro en carreteras? ¿Por qué se paga peaje en México?

R. Si es LEGAL, y se debe de pagar de conformidad al artículo 107 del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, dicho artículo manifiesta lo siguiente;

Artículo 107.- Los conductores que decidan utilizar las vías federales de acceso controlado deberán cubrir el pago correspondiente en las casetas instaladas para el efecto.

8. ¿Qué pasa si no tengo dinero para pagar una caseta en México?

R. Lo mas conveniente es que tomes una ruta alterna por ejemplo una carretera libre de casetas de cobro. Pero supongamos en el aislado caso de que te hayan asaltado y no cuentes absolutamente con un peso, lo ideal es que estaciones tu auto antes de cruzar la caseta, y vayas y les expliques tu triste situación, ellos pueden levantar un acta y permitirte el pase de manera gratuita ante esa tu estado involuntario de insolvencia económica derivado del asalto.

9. ¿Qué pasa si rompo una pluma de caseta?

R. Esos hechos representan un delito el de daño en propiedad ajena y te podrán denunciar ante el ministerio público por esos hechos y hasta arrestarte.

10. ¿existe una multa por NO pagar y pasarse una caseta y de cuanto es $$$?

Si existe una multa, y es establecida por el artículo 107 del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal que manifiesta, el que los conductores que decidan utilizar las vías federales de acceso controlado deberán cubrir el pago correspondiente en las casetas instaladas para el efecto, entonces podemos concluir, que la Libertad de Tránsito en carreteras Federales transporta consigo también la obligación de realizar el pago de las casetas de cobro que hubiere en el trayecto de tu destino.

Contravenir esta disposición te causara multas de;

$4250 hasta los $5100 pesos, y adicionalmente se te requerirá el pago inmediato del peaje que pretendiste omitir.

por CARLOS RUBEN SILVA URIAS

(Licenciado en Derecho y en Contaduría Pública)

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